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ingenieriab006
Bejuma, Venezuela
ingenieriab006
ver perfil »Bienvenidos a Instrucción Militar. Asignatura: Fundamentos legales, ética y moral militar. Abog. Rodrigo Ramírez Moyeja- LAS CLASES ASISTIDAS DE LOS DÍAS 13-04-2007(ACTIVIDAD N° 1)/ 20-04-2007(ACTIVIDAD N° 2) FUERON REALIZADAS POR EL MESSENGER DE HOTMAIL (rigociber@hotmail.com), Y LA DEL DÍA 27-04-2007(ACTIVIDAD N° 3) FUÉ PRESENCIAL (UNEFA).
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE LA DEFENSA
“UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA
DE LAS FUERZAS ARMADAS”
UNEFA - BEJUMA
Alumno:
Migel roman
Mendoza Nohelis
Natera Geldelber
Barrera edsel
Sección: B-006-D
Ing. En Telecomunicaciones
Organigrama de la Dirección de la Junta Superior
Esta organización esta compuesta por la secretaria de junta superior de la ff.aa.nn, la sección de registro y archivo y la sección jurídica esta tienen como finalidad planificar y coordinar y ejecutar todo lo correspondiente al registro de archivo y asesores legales y deben Presentar al Jefe del Estado Mayor Conjunto, en su condición de secretario de la junta superior de la fuerza armada nacional, los días lunes de cada semana, los puntos de agenda que se encuentran pendientes para ser considerados en reunión de junta superior. Todo lo que se diga o se proponga debe Mantenerse bajo custodia, de acuerdo con las normas correspondientes a la mayor seguridad, toda la documentación que se maneja, tales como: actas, libro de actas, cintas y todas aquellas comunicaciones que se reciban o se elaboren con relación a los aspectos tratados en la junta superior. Los grupos u organismos encargados de la justicia militar son administrados por las autoridades competentes esto se lleva a cavo bajo el nombre de la republica bolivariana de Venezuela en conformidad con el reglamento para tener un orden y una autoridad dentro de estos organismos.
Consejo de la defensa de la nación
El Consejo de Defensa de la Nación se activa por primera vez en el gobierno del presidente Chávez, el ministro del Poder Popular para la Defensa
Gral. En Jefe (Ej.) Gustavo R. Rangel B. como el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico. Ellos deben Garantizar la Independencia y Soberanía de la Nación, así como la integridad de su espacio geográfico mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional. Para la primera década del tercer milenio, la Fuerza Armada Nacional será una organización moderna, altamente disuasiva, integrada por un capital humano profesional de la mas alta calidad. Dotada de una alta capacidad y flexibilidad para garantizar la seguridad del Estado Venezolano, defender los intereses nacionales, y participar activamente en el desarrollo nacional.
Diferencias y Semejansas sobre la Junta Superior
de la F.A.N y y el Consejo de Defenza de
la Nacion
La Junta Sueperior de la F.A.N tal como su nombre lo indica es un organo conformado por Militares de alto rango de los cuatros escudrones de la seguridad nacional como lo son el ejercito, la marina, guardia nacional y las fuersas armada, este organo esta acargo de aportar ideas y aconcejar de manera eatrategica eficas para conseguir la soluciones de ciertas problematicasque presenta el paiz, pero este consejo se inclina mas a la tactica militar, y no todos lo problemas que presenta el paiz pueden ser solucionado con esta metodologia, y a raiz de esta situacion se dispuso la creacion de otro organo que cumpliera con la misma funcion pero con la diferencia de que va a estar conformado por civiles con alto mando en la nacion que tambien presta su servicio de concejero para el bien del paiz.
Estos dos organo requiere uno del otro y se mantine en constante contacto para de una u otra forma encontrar la solucion a los problemas de seguridad del paiz, estos problemas pueden ser de fronteras, alimenterio, secuestro, disturbios, conflictos extrangeros, etc....
ANALISIS DE LOS ARTICULOS 42, 57, Y 323 DE LA CONTITUCION:
ARTICULO 57: EL ARTICULO 57 DE NUESTRA CONTITUCION LE DA DERECHO A TODOS LOS VENEZOLANOS Y VENEZOLANAS A EXPRESAR DE LIBREMENTE SUS IDEAS Y OPINIONES, TAMBIEN SE LE FACILITA POR QUE SI DESEAN OPINAR DE CUALQUIER TEMA LO PUEDEN ASER ATRAVES DE CUALQUIER MEDIO DE COMUNICACIÓN, LA PERSONA QUE HAGA USO DE ESTE DERECHO QUE TENEMOS TODOS LOS VENEZOLANOS TIENE QUE ASERSE RESPONSABLE DE LO QUE VAYA A EXPRESARSE, NO SE LE PERMITIRAN A LAS PERSONAS QUE ESTEN HACIENDO PROPAGANDA DE GUERRA YA QUE ES ILEGAL. TAMBIEN SE LES PROHIBE MENSAJES DONDE ESTEN DISCRIMINANDO A LOS DEMAS
ARTICULO 323: El consejo de la defensa de la nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del poder publico en los asuntos relacionados que tengan que ver con los asuntos relacionados con la defensa integral de la nación, presidido por el presidente o presidenta de la republica, también los conforman el vicepresidente o la vicepresidenta de la republica, el presidente o la presidenta de la asamblea nacional el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. La ley orgánica respectiva fijará su organización y atribuciones
Articulo 42 : este articulo explica que toda persona que renuncie a su nacionalidad de su país pierde la ciudadanía, y algunos derechos políticos que en este caso solo lo puede suspender por sentencia judicial que la ley determine.
ANALISIS DE LOS ARTICULOS 42, 57, Y 323 DE LA CONTITUCION:
ARTICULO 57: EL ARTICULO 57 DE NUESTRA CONTITUCION LE DA DERECHO A TODOS LOS VENEZOLANOS Y VENEZOLANAS A EXPRESAR DE LIBREMENTE SUS IDEAS Y OPINIONES, TAMBIEN SE LE FACILITA POR QUE SI DESEAN OPINAR DE CUALQUIER TEMA LO PUEDEN ASER ATRAVES DE CUALQUIER MEDIO DE COMUNICACIÓN, LA PERSONA QUE HAGA USO DE ESTE DERECHO QUE TENEMOS TODOS LOS VENEZOLANOS TIENE QUE ASERSE RESPONSABLE DE LO QUE VAYA A EXPRESARSE, NO SE LE PERMITIRAN A LAS PERSONAS QUE ESTEN HACIENDO PROPAGANDA DE GUERRA YA QUE ES ILEGAL. TAMBIEN SE LES PROHIBE MENSAJES DONDE ESTEN DISCRIMINANDO A LOS DEMAS
ARTICULO 323: El consejo de la defensa de la nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del poder publico en los asuntos relacionados que tengan que ver con los asuntos relacionados con la defensa integral de la nación, presidido por el presidente o presidenta de la republica, también los conforman el vicepresidente o la vicepresidenta de la republica, el presidente o la presidenta de la asamblea nacional el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. La ley orgánica respectiva fijará su organización y atribuciones
Articulo 42 : este articulo explica que toda persona que renuncie a su nacionalidad de su país pierde la ciudadanía, y algunos derechos políticos que en este caso solo lo puede suspender por sentencia judicial que la ley determine.
Bueno, mucho de lo que opinabamos respecto a los dos organos de consulta fue dicho en la clase, a saber: el caracter estrictamente militar de uno(Ls junta superior de la Fan), lo que hace que se tenga un enfoque más pragmatico y belico(por decirlo de alguna forma) sobre la meteria de defensa y seguridad, pero, por el hecho de que la seguridad también corresponde a los ámbitos que a veces estan poco relacionados con la meteria militar, se requiere de la consulta de otros órganos, en el otro lado esta el Consejo de Defensa de la Nación, que a diferencia del anterior organismo, es un ente netamente político.
Es facil observa esta disparidad de conceptos a la hora de algún consejo de cada uno por separado, sin embargo opinamos que debido a los drásticos cambios en la política de estado para con las fuerzas armadas, estos dos entes estén más unidos, recuerdese que con la integración de la FAN a las labores de desarrollo de la nación, la seguridad nacional nunca es dejada a un lado y esta nueva forma de operar requerirá mayor coordinación o por lo menos comunicacion entre ambos organismos de consulta.
También opinamos que por lo general se pedirá mayor concejo al CODENA, y que la ayuda de la Junta Superior de la FAN solirá pedirse sólo cuando las condiciones así lo demanden, pero esto dependerá del caracter del que en ese momento sea el Presidente de la República.
La Junta Superior de la FAN es el órgano de consulta y asesoramiento del presidente de la republica y el ministro de la defensa en materia de organización y desarrollo para el resguardo de la nación y, además, se encarga de enmarcar las directrices de estudios y análisis en todo lo referente a las tomas de decisiones que pueda solicitar quien presida esta junta.
El Consejo de defensa de la Nación se encarga de asesorar a los órganos que integran el Poder Publico en materia de defensa y soberanía de la nación. Complementan, a su vez, las ideas propuestas por la Junta Superior de la FAN exponiendo su criterio al respecto y analizando las formas más ecuánimes de cómo llevar a cabo la toma de decisiones.
Su diferencia radica en que la Junta Superior de la FAN encabezada por el ministro de la defensa asesora al presidente de la republica en el ámbito de defensa y soberanía nacional apoyándose en un criterio netamente militar, en cambio, El Consejo de Defensa de la Nación proporciona ideas que en su estructura suelen ser mas amplia ya que participan los altos representantes del Poder Publico de la Nación y contribuyen a su vez con las ideas aportadas por la Junta Superior a la toma de decisiones que ejercerá el Presidente de la Republica.
Estos dos organismos representan para el país un papel importante ya que ambos trabajan en beneficio de la seguridad y soberanía de la nación y proporcionan al presidente de la republica el asesoramiento mas idóneo para llevar a cabo las estrategias planteadas por dichos organismos.
INTEGRANTES.
Willian Andrés Briceño.
Karen Fabiana Cabrera.
Miguel Antonio Mendoza
David José González.
Moisés Rafael Guzmán.
SECCION B-006-D. INGENIERIA EN TELECOMUNICACIONES.
El Consejo de Defensa de la Nación es un órgano que se encarga de dar consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación
Es un órgano que virtud de su importancia le da recomendaciones al presidente que es el jefe del estado.
La Junta Superior es un órgano operativo porque el aplica y ejecuta las directrices ordenes que en materia militar le dicta el Presidente de la Republica la Junta Militar esta formada el Comandante General del Ejercito, Comandante General de la aviación, el Comandante General de la marina y el de guardia y por el Ministro de la Defensa, por el Jefe del Estado Mayor Conjunto ellos son los que ejecutan las ordenes que dictan a el presidente y son que le dan recomendaciones en materia de logística en materia de planificación llevan las recomendaciones a la realidad.
En sus semejanzas es en el Consejo de Defensa de la Nación y La Junta Superior son órganos que le permiten al presidente en materia de seguridad y defensa tomar las mejores decisión para garantizar la paz pública.
En sus Objetivos es mantener informado o darle recomendaciones al presidente y elaborar los planes que en materia de seguridad y defensa, se requieren para garantizar la estabilidad del país.
El Consejo de Defensa de la Nación es un órgano consultivo en cambio la Junta Superior es un órgano operativo y de planificación.