CLASE ASISTIDA VIERNES 18-05-2007
HORARIO: 1:55 PM a 3:25 PM
REALIZAR ANALISIS DE LA LEY DE CONSCRIPCIÓN Y ALISTAMIENTO MILITAR
CLASE ASISTIDA VIERNES 18-05-2007
HORARIO: 1:55 PM a 3:25 PM
REALIZAR ANALISIS DE LA LEY DE CONSCRIPCIÓN Y ALISTAMIENTO MILITAR
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ingenieriab006
Bejuma, Venezuela
ingenieriab006
ver perfil »Bienvenidos a Instrucción Militar. Asignatura: Fundamentos legales, ética y moral militar. Abog. Rodrigo Ramírez Moyeja- LAS CLASES ASISTIDAS DE LOS DÍAS 13-04-2007(ACTIVIDAD N° 1)/ 20-04-2007(ACTIVIDAD N° 2) FUERON REALIZADAS POR EL MESSENGER DE HOTMAIL (rigociber@hotmail.com), Y LA DEL DÍA 27-04-2007(ACTIVIDAD N° 3) FUÉ PRESENCIAL (UNEFA).
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Buenas tardes. Recuerden tener paciencia en el envio. tienen oportunidad hasta el fin de semana.
Prof. Rodrigo Ramírez
Allende Ortega 18.194.335
Edinson Ochoa 18.660.138
Emmanuel Padilla 17.258.574
“Titulo I”
Disposiciones fundamentales
La ley nombra las normas por la cual debemos regirnos todos los venezolanos para su conscripción y alistamiento en el servicio militar y la cual esta establecida en nuestra Carta Magna.
Tiene por objeto:
-Preparar a los venezolanos para la defensa del país.
-Que después de haber cumplido con el servicio militar sean capases de participar en el desarrollo socio-económico de la Nación.
El servicio militar es obligatorio y se cumplirá de forma regular en la Fuerza Armada Nacional.
La edad militar esta comprendida entre los 18 y 50 años.
Los venezolanos en edad militar deberán inscribirse en el registro militar.
Según la ley de conscripción y alistamiento militar, el ministerio de la defensa hace un reemplazo cada año del cuadro de asignación, el cual lo saca del servicio militar de alistamiento.
En general el alistamiento en la Fuerza Armada Nacional se hará teniendo en cuenta el grado de aptitud del ciudadano.
El ejecutivo nacional a través de sus organismos competentes, dispone de las normativas necesarias y permanentes, a fin de que todos los venezolanos conozcan sus deberes en relación con el servicio militar.
“Titulo II”
Las situaciones de Actividad, excelencia y reserva
Todos los ciudadanos con edad militar están incluidas en algunas de las siguientes situaciones: actividad, excelencia o reserva.
Están en situación de Actividad todos aquellos venezolanos que se encuentren alistados en la Fuerza Armada Nacional, con una duración máxima de 18 meses, con excepción a las modalidades previstas en la presente ley y su reglamento.
Están en situación de Excelencia todos aquellos venezolanos que no sean alistados en su clase por habérseles diferido sus servicios en fila. Estos pueden ser convocados para su alistamiento o llamado a recibir instrucción militar de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su reglamento.
Están en situación de Reserva los venezolanos y venezolanas en edad militar, que no estén en servicio activo y esta comprendida en las siguientes agrupaciones: Primera Reserva, Segunda Reserva y Reserva territorial
Los venezolanos que no estén en servicio activo y no mayores de 30 años pertenecen a la Primera Reserva.
Pertenecen a la Segunda Reserva los venezolanos provenientes de la Primera Reserva no mayores de 40 años.
Pertenecen a la Reserva Territorial los venezolanos provenientes de la Segunda Reserva no mayores de 50 años.
Los que estén en situación de reserva podrán ser llamados cuando así lo disponga el Presidente de la República, para periodos de reentrenamientos o instrucción militar.
Todas las personas que sean llamadas a reentrenamiento o instrucción militar de acuerdo a los artículos establecidos en el “Titulo II” de la Ley de conscripción y alistamiento militar, no perderán por tal motivo sus empleos, cargos u ocupaciones. Y recibirán lo correspondiente al 50% de sus sueldos por parte de sus patronos y el resto será cancelado por el Ministerio de la Defensa
“Titulo VII”
Del servicio militar Femenino
La mujer venezolana esta obligada a inscribirse en el registro militar y a prestar servicio en la Fuerza Armada Nacional en forma voluntaria en tiempo de paz y obligatoriamente en caso de declaratoria del estado de emergencia
Las condiciones para que una mujer preste el servicio militar están establecidas en el reglamento de la presente ley.
TITULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Esta ley contiene las normas que tiene que seguir los venezolanos para su conscripción y alistamiento militar, el servicio militar tiene por objeto entrenar a los venezolanos para la seguridad y defensa de la nación y contribuir a la capacitación de los venezolanos, para que después que hayan cumplido el servicio militar participen en el desarrollo socio-económico de la nación; el servicio militar es obligatorio la edad comprendida para que los venezolanos se inscriban en el servicio militar es entre los 18y 50 años los venezolanos que estén entre estas edades deberán inscribirse en el Registro Militar en la fecha y en los organismos que establece la ley. El llamado del Presidente de la Republica para el contingente anual ordinario se llevara a cabo mediante Resolución conjunta de los Ministerios de relaciones Interiores y de la Defensa; el Ministerio de la Defensa a través del Servicio de alistamiento de la Fuerza Armada presentara el cuadro bien elaborado de los reemplazos al Presidente para su aprobación y autorización.
TITULO II
DE LAS SITUACIONES DE ACTIVIDAD, EXCEDENCIA Y RESERVA
Los venezolanos que estén en la edad militar estarán incluidos en algunas de las siguientes situaciones: Actividad, Excedencia o Reserva, los venezolanos que se encuentren alistados en la Fuerza Armada están en situación de Actividad esta situación durara máximo dieciocho (18) meses, estarán en situación de Excedencia los venezolanos que no sean alistados en su clase por habérsele aplazado su servicio en filas y estarán en situación de Reserva todos los venezolanos en edad militar que no estén activos la situación de Reserva comprende las agrupaciones: Primera Reserva, Segunda Reserva y Reserva territorial. Quienes estén en situación de Reserva podrán ser llamados cuando el Presidente de la Republica lo haga para periodos de reentrenamientos o instrucción militar a juicios del Ministerio de la Defensa, los llamados a reentrenamientos no perderán sus empleos y recibirán por sus patrones el 50% correspondiente de su sueldo y el resto lo cancelara el Ministerio de la Defensa.
INTEGRANTES:
-JHON J. ARGÜELLO V.
C.I: 19229839.
-AMANDA LEÒN.
C.I: 17844319.
-ABELARDO ARVELO.
C.I: 17073934.
-LUISANA MARTINEZ.
C.I: 18436398.
-CESAR BRIZUELA.
C.I: 16454831.
Grupo:
-BRITO SIGILFREDO
-LOBO ELEMY
-BLONCO LEOBORDO
-GARCIA GREGORIA
-HERRERA MARCOS
-CARLOS MEDINA
LEY DE CONCRIPCION Y ALISTAMIENTO MILITAR
TITULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
La presente Ley contiene las normas a que deben someterse
Los venezolanos para su conscripción y alistamiento en el
Servicio militar establecido por la Constitución, así como las
Demás obligaciones relacionadas con la materia. El servicio militar es obligatorio y tiene por objetivo preparar a todo el venezolano para la seguridad y defensa del país. Y para participar en el desarrollo socio económico del país
La edad militar es el período durante el cual los venezolanos
Tienen obligaciones militares y está comprendida entre 18 y
50 años. Y todo venezolano al cumplir los 18 años debe inscribirse en el registro militar.
El Ministerio de la Defensa, a través del Servicio de
Alistamiento de las Fuerzas Armadas elaborará anualmente el
Cuadro de Asignación de Reemplazos que será presentado
Al Presidente de la República para su aprobación, siempre en las fuerzas armadas se mantiene un orden de mando de mayor a menor y todos suben o se ubican de acuerdo ha la actitud del ciudadano, plaza bacante.
Las autoridades civiles y militares deben prestar colaboración a los soldados o alistados en cualquier lugar donde se estén prestando su servicio que es de beneficio para nuestro país.
Integranyes:
Brito Sigilfredo
Blanco LEobardo
García Gregoria
Herrera Marcos
Lobo Elemy
MEdina Carlos
TITULO I
Disposiciones Fundamentales
Esta ley contiene las normas a la que deben someterse los venezolanos para su conscripción y alistamiento en el servicio militar establecido por la Constitución, así como las demás obligaciones relacionadas con la materia, cuyo objeto es el de prepararnos para la seguridad y defensa de la nación, además ayuda a mantener los efectivos de la Fuerza Armada nacionales que fije el Presidente de la República y facilitar una rápida y ordenada movilización militar.
La ley también establece que el servicio militar es obligatorio y que se debe cumplir en forma regular en la Fuerza Armada Nacional, así como sometiéndose a la instrucción militar de acuerdo con las normas establecidas o que se establezcan en las Leyes y Reglamentos.
La edad militar es el período durante el cual los venezolanos tienen obligaciones militares y está comprendida entre 18 y 50 años, al estar entre estas edades los venezolanos deberán inscribirse en el Registro Militar, en las fechas y en los organismos que establece la Ley. En circunstancias normales el alistamiento se hará teniendo en cuenta el grado de aptitud del ciudadano, el desarrollo de la Nación y la existencia de plazas vacantes.
TITULO II
De las situaciones de Actividad, Excedencia y Reserva
Los venezolanos en edad militar estarán incluidos en algunas de las siguientes situaciones:
Actividad: los venezolanos que se encuentren alistados en la Fuerza Armada Nacional,
esta situación durará un máximo de dieciocho (18) meses salvo las modalidades previstas en la presente Ley y su Reglamento.
Excedencia: los venezolanos que no sean alistados en su clase por habérsele diferido su servicio en filas y podrán ser convocados para su alistamiento o llamados a recibir instrucción militar en los períodos, formas y condiciones que establezcan la presente Ley y su Reglamento.
Reserva: incluye a todos los venezolanos en edad militar que no estén en el servicio activo y comprende las agrupaciones siguientes: Primera Reserva: edad militar que no estén en el servicio activo y no mayores de 30años. Segunda Reserva: los venezolanos provenientes de la Primera Reserva no mayores de 40 años. Reserva Territorial: los venezolanos
provenientes de la segunda reserva no mayores de 50 años.
TÍTULO VII
Del Servicio Militar Femenino
En este artículo se establece que la mujer venezolana estará obligada a inscribirse en el Registro Militar y a prestar servicio militar en la Fuerza Armada Nacional, y debe hacerlo de forma voluntaria cuando sea tiempo de paz y obligatoriamente en caso de declararse un estado de emergencia. Gracias a esto, la mujer venezolana puede demostrar que no hay límites para su valentía y su vigor.
Profesor y COmnpañeros... Disculpen que hayan 2 trabajos con los mismos integrantes, pero como yo no vi mi trabajo entoncesdecidi mandarlo... en verdad espero que me disculpe... gracias
Titulo I
Disposiciones fundamentales
Habla sobre las normas que debe tener el venezolano a la hora del alistamiento obligatorio, la edad comprendida para el alistamiento militar esta comprendida entre 18 y 50 años de edad.
A la hora de un cambio de residencia el venezolano es estado de edad militar deberá confirma en la junta de conscripción.
El allanamiento anual deberá realizarse junto al Ministerio de relaciones interiores y de la defensa, este alistamiento se llevara a cabo tomando en cuenta la actitud del ciudadano, el desarrollo de la nación, y la estancia de las plazas vacantes. Las demás autoridades civiles y militares están obligados a prestar cooperación a los funcionarios que tiene encomendado la ejecución de esta ley.
Titulo II
De las situaciones de actividad excedencia y reserva
Los venezolanos en edad militar estarán en los siguientes niveles actividad, excedencia o reserva.
Actividad: los alistados cumplen con 18 meses salvo que lo regule la ley.
excedencia: los que hallan cumplido el alistamiento podrán ser llamados a recibir instrucción militar en condiciones o fromas que establezca la ley.
Reserva: los que estén en edad militar y no estén activos y se divide en reserva de primera, segunda y tercera por cierta edad -30,-40,-50 respectiva mente y podrán ser llamados cuando así lo disponga el presidente de la Republica para reentrenamiento o instrucción militar a juicio del ministerio de la defensa, cuando son llamados a entrenamiento no perderán su empleo los jefes están obligados a pagar el 50% de su salario y el ministerio de la defensa en otro 50%.
Titulo VII
Del servicio militar femenino
Las mujeres están obligadas a inscribirse en el alistamiento militar en forma voluntaria en tiempos de paz o estado de emergencia. En condiciones o formas que están establecidos en el reglamento de la ley.
Participantes:
Rojas Ninfa
Jiménez Luis
Jiménez Rosa
Quintero Claret
Granadillo José
Sequera Yetseman
Nota: la alumna Yetseman participo en la actividad con nosotros ya que somos los que vivimos mas cerca de ella.
ESTAS PREPARADO O PREPARADA?¿ CRISTO TE AMA Y TE ESTA LLAMANDO¡¡¡ NO DUDES EN LEER LO QUE TE QUIERE DECIR
DIOS LOS BENDIGA Y LOS GUARDE A TODOS¡¡ CRISTO VIENE POR LOS QUE LO AMAN, CADA PASO QUE DEMOS EN LA VIDA ES MUY IMPORTANTE, HAY QUE DEJAR DE PENSAR EN EL PASADO Y DECISIR CAMBIAR HOY PORQUE DIOS TIENE UN PLAN MUY BUENO Y MARAVILLOSO PARA NUESTRAS VIDAS EL NOS AMA Y POR ESA RAZÓN MANDO A SU HIJO AMADO PARA QUE FUERA CRUSIFICADO POR NUESTROS PECADOS Y DIOS LO RESUCITÓ AL TERCER DÍA ´´ ES JESUCRISTO EL CORDERO INMOLADO QUE VENCIÓM POR TÍ Y POR MÍ´´ NO SE SI HAZ ESCUCHADO ESTO O EN QUE PARTE DEL MUNDO TE ENCUENTRES O QUE CIRCUNTANCIAS ESTÁS PASANDO QUIERO DECIRTE QUE JESÚS ESTÁ A LA PUERTA Y TE ESTÁ LLAMANDO PARA QUE TÚ LO DEJES ENTRAR Y EL CENE CONTIGO Y SEAS UN HIJO DE DIOS¡¡ NO PASES ÉSTE MENSAJE DE SALVACÍON MEDITA EN ÉL PORQUE LA HORA SE ACERCA Y LOS VALIENTES NO SON LOS QUE MATAN O HURTAN O ASESINAN NOS DICE LA BIBLIA QUE LOS VALIENTES SON LOS QUE ARREBATAN EL REINO DE LOS CIELOS PIÉNSALO LA HORA SE ACERCA Y ÉSTAS PREPARADO. SAN MATEO 14:6´´ JESÚS LE DIJO: YO SOY EL CAMINO, Y LA VERDAD, Y LA VIDA; NADIE VIENE AL PADRE, SINO POR MÍ.´´DICE EL SEÑOR ACEPTALO EL ESTA A UNA ORACIÓ DEJALO QUE ENTRE EN TU CORAZÓN Y TE DARA SANIDAD AMOR PAZ PROSPERIDAD Y FELICIDAD SAN JUAN 14:7´´ SI ME CONOCIESEIS, TAMBIÉN A MI PADRE CONOCERÍAIS; Y DESDE AHORA LE CONOCÉIS Y LE HABÉIS VISTO. DICE EL SEÑOR¡¡¡